EL FALSO GARANTISMO DEL CODIGO PROCESAL PENAL
Por
Reynaldo Hernandez Rosa
Nagua.-
En un enjundioso, preciso y atinado articulo publicado recientemente, Edgar Hernandez Mejia, juez de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, SCJ, desbroza con exquisito y pristino argumentos, dado su vasto conocimiento y experiencia, lo que el califica el ¨¨ falso garantismo¨¨ del Codigo Procesal Penal, CPP.
En una valiosa contribución el pipudo magistrado entrega un aporte significativo, donde da a conocer su parecer ante la nueva cultura jurídico procesal penal.
Hernandez Mejia, detalla con ejemplos hartos elocuentes las características en materia de garantías de la normativa 76´-02, donde especifica con solidos argumentos de puntualizaciones para que no se vulneren los derechos fundamentales de las personas, incluso, los de los imputados.
Establece el magistrado de la Suprema, que pese al CPP evita injusticia, empero, señala que se empleen las mismas ¨¨para realizar diabluras al servicio de intereses oscuros¨¨.
Enfatiza Hernandez Mejia que ¨¨se habla de garantísmo penal para designar las técnicas establecidas para la defensa de los derechos relativos a la libertad, sobre todo la libertad personal, frente a la intervenciones policiales o judiciales arbitrarias.
Cita el juez de los ¨¨atropellos de oficiales de Policia, funcionarios públicos asi como de personas adineradas, los cuales buscan vulnerar principios fundamentales de las personas, no obstante, con esta Ley procesal penal y sus garantías, estos expedientes injustos no prosperan judicialmente.
Indica que una medida garantista es evitar judicialmente que el jefe de un destacamento policial un barrio, ordene el arresto de personas de forma medalaganaria.
Al igual pondera que una medida garantista es la de exigir judicialmente que los allanamientos o requisas sean autorizadas por un juez de la Instrucción en los casos no flagrantes.
Entre otros ejemplos, el magistrado de la SCJ refuta lo que el denomina ¨¨el falso garantismo¨¨ al tiempo de recordar que ordenar la libertad de individuos apresados en flagrancia, cometiendo robo en la noche, en casa habitada, so pretexto de que los imputados niegan los hechos.
Expresa que esos falsos garantismos es descargar al narcotraficante sorprendido en flagrancia con 20 kilos de cocaína so pretexto de que el certificado del INACIF presenta la firma y el nombre del técnico que realizo el análisis de la sustancia incautada, pero no el sello gomigrafo de la citada entidad.
Exhorta Hernandez Mejia a seguir apoyando el garantismo que otorga la nueva normativa procesal penal dado que es una conquista que se debe preservar, empero, no dejarse confundir con el falso garantismo que distorsiona en ocasiones, la concepción de los derechos y libertades ciudadanas consagradas en la vigente Constitucion Dominicana.
Nos unimos a tal ponderación.