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2 de marzo de 2011

OPINION DE VICE PRESIDENTE DE FINJUS SOBRE SISTEMA DE JUSTICIA

Retos Institucionales del Sistema de Justicia


 Un sistema de justicia confiable, eficaz y transparente es un elemento indispensable para lograr un Estado constitucional de derecho.  Solo a partir de su instauración pueden obtenerse la garantía de los derechos fundamentales y la supremacía de la Constitución.  No es de extrañar que la reforma del sistema de justicia sea uno de los puntos neurálgicos que adopta la Constitución de 2010.

El primer reto que tiene ante sí el país es la convocatoria del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), órgano encargado de la selección de los sustitutos de los jueces de la Suprema Corte de Justicia que han llegado a la edad de retiro, y de los jueces del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior Electoral.  Es importante señalar que, además, tiene la función novedosa de evaluar el desempeño de los jueces de la Suprema Corte para determinar si continúan o no desempeñando el cargo.  Para garantizar un adecuado ejercicio de sus funciones, es absolutamente necesario que la reforma de la Ley orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura establezca un cuórum  agravado para tomar las decisiones acorde con su nueva composición. Sería peligroso que el CNM sea controlado unilateralmente por una sola fuerza política al margen del necesario consenso que debe primar en un organismo de esta naturaleza.

Asimismo, para que el CNM pueda reivindicar la naturaleza democrática del Estado dominicano, deben preverse mecanismos de transparencia en la selección y evaluación de desempeño de los jueces que permitan la participación de la ciudadanía.  Esto no sería una experiencia novedosa, sino simplemente una confirmación de la forma en que se llevó a cabo el proceso en 1997.  Es muy importante que la labor del Consejo Nacional de la Magistratura cuente con la legitimidad que le brinda la participación de la ciudadanía.  Los beneficios democráticos de esto alcanzarían no sólo al Consejo en sí mismo, sino también a los órganos que escoge y, por tanto, al sistema de justicia en general.

En ese marco, la reconformación de la Suprema Corte de Justicia debe realizarse con absoluto respeto de la regla de proporción de jueces de carrera establecida en la nueva Constitución. Ello significa que 12 de los magistrados que integrarían el máximo órgano del Poder Judicial deben provenir de las filas del Poder Judicial, conforme al escalafón. Si bien la elección de los jueces del Tribunal Constitucional no está atada a criterios de proporcionalidad, la prudencia aconseja que al menos la cuarta parte de sus integrantes sean seleccionados de los magistrados de las Cortes de Apelación que tengan formación especializada en derecho constitucional. Ello podría servir para disminuir las naturales tensiones que surgirán con el Poder Judicial cuando el Tribunal Constitucional reclame su espacio de ser el último garante “de la supremacía constitucional, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales” (184).

Precisamente, el tema que ha acaparado el debate público ha sido el Tribunal Constitucional, y esto era de esperarse dada la importancia institucional que habrá de asumir, ya que no existe precedente en República Dominicana para un órgano extrapoder con facultades tan poderosas como las del Tribunal Constitucional.  No debe olvidarse que la Constitución prevé la posibilidad de que este Tribunal pueda controlar la constitucionalidad de las decisiones de todos los poderes públicos y órganos del Estado y sus decisiones constituyen precedentes vinculantes.  Para que éste pueda cumplir con sus funciones requiere que sus integrantes sean juristas y abogados calificados y con alta moralidad pública, y que cuenten con recursos materiales humanos que les permitan ejercer sus funciones con los mayores niveles de calidad.

Reto fundamental es lograr la transferencia de las funciones de gobierno del Poder Judicial y el Ministerio Público a los respectivos Consejos. La conformación de estos consejos debe estar rodeada de transparencia y publicidad. Sus tareas disciplinarias y de evaluación de desempeño deberán ejercerse con criterios de objetividad y el respeto de las garantías institucionales del servicio judicial y del ministerio público. La ciudadanía necesita conocer la administración de los fondos del Poder Judicial y el Ministerio Público, los criterios de promoción y ascenso y los mecanismos de disciplina y remoción de jueces, fiscales, funcionarios y empleados de ambos organismos.

El Poder Judicial debe seguir avanzando en la constitucionalización de los procedimientos ordinarios y mejorando las condiciones de acceso a la justicia. La ciudadanía necesita una tutela judicial efectiva para la resolución de sus conflictos. Ello supone mejorar los tiempos de respuesta del poder judicial porque no existe peor injusticia que una justicia tardía. El Poder Judicial tiene que asumir integralmente la ejecución de las resoluciones y sentencias que pronuncia, para hacer efectivo el cumplimento de los derechos que reconoce a quienes resultan beneficiarios de sus decisiones, tal como dispone la Constitución al establecer como parte de la función judicial, además de juzgar, el ejecutar lo juzgado (Art. 149). Igualmente, el Poder Judicial deberá seguir fortalecimiento los mecanismos ordinarios de garantía de los derechos fundamentales, porque, si tendremos un Tribunal Constitucional próximamente en funcionamiento, es a los jueces del Poder Judicial a quienes corresponderá garantizar prioritariamente la efectividad de los derechos fundamentales.

La reforma constitucional obliga a poner en la agenda legislativa priorizada un conjunto de leyes, en su gran mayoría de naturaleza orgánica, que completen el marco institucional de los cambios que la Constitución introduce en el sistema de justicia. Ello supone adoptar definitivamente la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales. Se debe adoptar además una Ley Orgánica del Poder Judicial que codifique las normas de funcionamiento del Consejo del Poder Judicial y deslinde claramente sus competencias de las que corresponden a la Suprema Corte de Justicia, asimismo, que regule la carrera y organización judicial. Igualmente debe adoptarse una ley Orgánica del Ministerio Público que fortalezca su autonomía institucional, transparente el sistema de carrera y deslinde las competencias técnico-jurídicas de las funciones políticas, porque las primeras funciones deben quedar bajo la supervisión del Consejo Superior del Ministerio Público y las segundas deben atribuírseles exclusivamente al Procurador General de la República como representante del Poder Ejecutivo.

Un reto fundamental para el sistema de justicia es la lucha contra la corrupción.  Ha de esperarse pues que con las garantías de autonomía funcional y estabilidad en el cargo que surgen de la Constitución de 2010, este organismo logre desprenderse de las tradicionales limitaciones que le ha impuesto la perspectiva partidarista en la persecución de ese terrible flagelo. Se presenta pues la oportunidad para que el Ministerio Público adopte decisiones juiciosas, revestidas de transparencia, en la persecución de prácticas políticas basadas en el soborno y la corrupción; para que de un paso adelante en la sustanciación de procesos penales apegados a la Constitución y las leyes, que demuestre la independencia, eficiencia y voluntad en someter a la responsabilización ante el derecho a todas y todos sin discriminación ni favoritismo por razones políticas o económicas, constituyéndose en un instrumento real de la vigencia y sostenibilidad del Estado de Derecho.

La sociedad dominicana espera que las autoridades del Ministerio Público asuman la persecución de la corrupción administrativa con miras a obtener condenas ante jueces imparciales; no está dispuesta a aceptar condenas judiciales de casos mal fundamentos que afecten la imparcialidad e institucionalidad del Poder Judicial, aunque sean casos de corrupción. No se pueden dar licencias para saltarse las reglas del Estado de derecho en ningún tipo de actividad de persecución penal. De aceptar el relajamiento del debido proceso aludiendo a la emergencia de la corrupción, traicionaríamos la esencia misma de la lucha, y caeríamos en las incoherencias inmediatistas que tradicionalmente criticamos.  Pero ante casos debidamente fundamentados la sociedad estará vigilante de que el Poder Judicial no sea la cuerda floja del sistema de justicia.

La sociedad dominicana sigue aterrorizada por la acción del crimen organizado y el deterioro de la seguridad ciudadana.  La irrupción del narcotráfico, el sicariato y otras manifestaciones del crimen organizado en la vida nacional constituyen un desafío para la sociedad y el Estado. Se deben adoptar respuestas enérgicas y contundentes, con apego irrestricto al Estado de derecho, para desarticular las redes criminales que han penetrado áreas vitales de la seguridad nacional y otros organismos estatales. Es una necesidad urgente la depuración y profesionalización de la Policía Nacional, así como dotarla de recursos técnicos, humanos y financieros que le permitan tener éxito en su labor preventiva y de persecución del crimen. La reforma de la policía se presenta como un imperativo para la eficacia de la reforma del sistema de justicia. Se requiere pues fortalecer la capacidad de control del poder civil sobre los estamentos policiales, así como la especialización de un cuerpo de investigadores de la policía adscritos funcionalmente al Ministerio Público.  No podemos seguir dilatando la reforma policial. Si la inseguridad ciudadana predomina y la desconfianza en la policía persiste, la gobernabilidad podría erosionarse peligrosamente.

El Servicio de Defensa Pública juega un importante rol de contrapeso de la acusación pública, y en tal virtud la Constitución lo establece como una necesidad propia del Estado de Derecho. Se impone, pues, dotarla de los mecanismos institucionales y recursos económicos que garanticen su adecuado funcionamiento. Es asimismo necesario avanzar en programas de asistencia legal gratuita a quienes carezcan de los recursos suficientes para acceder a la justicia. Ello exige articular esfuerzos desde el Estado y la Sociedad para que las carencias materiales no sean obstáculo para que las y los ciudadanos más desposeídos puedan reivindicar los derechos que reconocen a todas y todos la Constitución y las Leyes.

La implementación de esas reformas institucionales cuesta dinero. Es impensable eficientizar la administración de justicia en los términos que apuesta la nueva Constitución si empezamos a relegar los recursos que necesitan las estructuras judiciales para operar adecuadamente. La reforma constitucional quedaría así como una pretensión vacía de contenido si al momento de distribuir los fondos públicos no se les asigna la cantidad suficiente para asumir esos cambios. Ello implica un compromiso que requiere el concurso de los otros poderes del Estado en garantizar la intangilibidad del presupuesto del sistema judicial y entregarle las partidas que han sido reservadas en las leyes de autonomía presupuestaria.

Sin un sistema de justicia empoderado de sus funciones constitucionales y legales, apegado al Estado de derecho y decidido a sobreponerse a todas las presiones e influencias internas y externas que afectan su indepedencia, no podremos derrotar al crimen organizado, a la cultura de la ilegalidad y la impunidad que amenazan corroer la sociedad dominicana y doblegar a sus instituciones democráticas. Sin una justicia transparente, responsable e independiente el clima de inversiones y el desarrollo económico estarían en entredicho en nuestro país.
Servio  Tulio  Castano  Guzman
Vice  presidente  de  FINJUS